Efectuar de manera eficiente y expedita los procedimientos de reconocimiento, cesación, cancelación y revocación de la condición de refugiado, así como otorgar la asistencia institucional a refugiados, mediante el establecimiento de relaciones de colaboración, conforme a lo establecido en la Ley sobre Refugiados y Protección Complementaria y en los demás instrumentos jurídicos nacionales e internacionales aplicables.
Atender a los solicitantes del reconocimiento de la condición de refugiado, refugiados y extranjeros que reciban protección complementaria con pleno respeto a sus derechos humanos.