Protección de Datos Personales

Los datos personales son susceptibles de ser protegidos por el derecho fundamental a la protección de datos personales consagrados en los artículos 6  apartado A, fracción II y 16 párrafo segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y deberán ser tratados con la más estricta confidencialidad, por lo que la CG COMAR se compromete a garantizar la misma en términos de los artículos 116 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 113 fracción I de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, 2 fracción IX de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados, 10 de la Ley sobre Refugiados, Protección Complementaria y Asilo Político  y el numeral trigésimo octavo de los Lineamientos Generales para la clasificación y desclasificación de la información de las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, los cuales constituyen información de acceso restringido en su carácter de confidencial pues pertenecen a personas físicas identificadas o identificables y corresponden a la vida privada de las personas, la información clasificada como confidencial no estará sujeta a temporalidad alguna y sólo podrán tener acceso a ella los titulares de la misma, sus representantes y los servidores públicos facultados para ello.

Se pone a disposición el AVISO DE PRIVACIDAD de la CG COMAR

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